El 25 de abril pasado Brasil informó a la Asociación Latinoamericana
de Integración (Aladi) que había incorporado a su ordenamiento interno
tres instrumentos negociados con el Perú.
Se trata de un memorándum sobre una comisión bilateral de
facilitación para el comercio, las inversiones y la cooperación
económica y comercial; el acta de entendimiento para la aceleración del
cronograma de reducción de concesiones otorgadas por Perú al Brasil en
el sector automotriz (dentro del acuerdo de complementación económica
Perú-Mercosur, conocido como AAP n° 58), y finalmente un nuevo acuerdo denominado “de profundización económico-comercial”.
Este último, por sus características y por así considerarlo las autoridades peruanas, merecería calificarse como incipiente tratado de libre comercio de última generación. De ahí que esté recibiendo especial atención.
Dicho acuerdo se firmó en Lima el 29 de abril de 2016. No es un
protocolo adicional o anexo al acuerdo Perú-Mercosur. Tampoco está
respaldado por algún compromiso programático previo hacia una eventual
convergencia plurilateral, como en el caso de la relación entre Mercosur
y México.
Última generación
Por el contrario, dicho acuerdo de “profundización” constituye un tratado internacional desvinculado del Mercosur.
Es particularmente ambicioso, porque a excepción del programa de
reducción arancelaria, abarca temas negociados en los tratados de libre
comercio de última generación: comercio de servicios; inversiones;
contratación pública, y solución de controversias.
Por lo demás, prevé la incorporación de compromisos relativos a
servicios financieros y comercio electrónico. Y anticipa futuras
negociaciones acerca de telecomunicaciones, reconocimiento de títulos y
grados, transporte terrestre y movimiento de personas.
Respecto de las cuestiones ya reguladas, es muy llamativo que
tanto el comercio de servicios, las inversiones directas y la
contratación pública sean las mismas áreas de concertación que todavía
no pudieron acordarse dentro del propio Mercosur, al cabo de una sucesión de tentativas frustradas.
Resulta ostensible el desapego del Brasil al acuerdo con Perú a
través del Mercosur (de noviembre de 2005) que en efecto había previsto
la celebración ulterior de compromisos conjuntos en servicios (artículo
28) y promoción y protección de inversiones (artículo 30).
Para otras cuestiones, no especificadas, se fijó una cláusula de
mayor permisividad según la cual “Otras enmiendas o adiciones podrán ser
adoptadas por consenso entre las partes signatarias involucradas (las
que) serán válidas exclusivamente entre ellas, comunicadas a la Comisión
Administrativa y formalizadas mediante Protocolo” (artículo 46).
Sin explicación
En el actual Acuerdo de Profundización entre Brasil y Perú no hay
explicaciones acerca del desapego del Brasil a dichas cláusulas que
preveían la negociación plurilateral en el comercio de servicios e
inversiones.
Tampoco surgen referencias ni señales relativas a una eventual
comunicación de tales adiciones a la Comisión en tanto órgano de
administración del acuerdo Perú-Mercosur ni sobre la protocolización de
dicho compromiso bilateral. Más aún, no se lee en el Acuerdo de Profundización remisión alguna o invocaciones al AAP n° 58.
Desde una perspectiva rigurosa, la profundización bilateral de concesiones arancelarias (al margen del AAP n° 58) perfora el Mercosur en tanto unión aduanera.
Pero este tipo de vulneración ya tiene múltiples antecedentes y por eso
no llama la atención de los gobiernos ni de los analistas.
El acuerdo de “profundización” va más allá porque indica la disposición de Brasil para contraer vínculos de política comercial y económica
(aquí con Perú) que son más pormenorizados y extendidos que los
concertados por Brasil con los otros Estados partes del Mercosur.
¿Por qué Brasil y Perú encaran compromisos que después de tanta y tan
prolongada narrativa integracionista no han podido concretarse en el
seno del propio Mercosur? Como un avance significativo y después de una
larga historia de desencuentros, finalmente se ha firmado el 7 de abril
de este año un Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones
pero siguiendo la tesitura Brasileña de no admitir los arbitrajes entre
inversionistas privados y Estados receptores de la inversión.
El principal obstáculo para emprender políticas comunes en el Mercosur no es otro que el de la incertidumbre.
Tanto los compromisos genéricos de liberación comercial como la
uniformidad forzada frente a terceros países desde el principio
generaron múltiples incumplimientos y excepciones que han ido
convalidándose de manera expresa o tácita, pero siempre a partir de
hechos consumados.
El motivo es visible: en esta fase de la economía global son disfuncionales las uniones aduaneras entre países en desarrollo
y, más aún, cuando las disparidades e insuficiencias estructurales
internas requieren transferencias de recursos entre Estados partes
abrumados por sus propios desequilibrios.
El desapego del Brasil respecto del Mercosur y el entramado normativo
con el Perú no deberían asombrar si se observa la sistemática
correspondencia entre los distintos compromisos acordados entre Brasil y
Perú. Tales constataciones tendrían que estimular el debate sobre la
necesidad de reconstituir el Mercosur con fundamentos realistas.
Ello implicaría “barajar y dar de nuevo”, renegociando minuciosamente
un programa de acceso a mercados con su régimen de calificaciones
específicas de origen y las indispensables salvaguardias comerciales.
Sólo así podría encararse la tarea de profundizar y extender
progresivamente las políticas comerciales y económicas que le den
sustento a una fructífera integración subregional.
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